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Fallos: 328:3175 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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Nombre dela actora: Fisco Nacional —Dres. Jorge Alberto Patrón, Ramón Jacinto Correa.

Nombredelos demandados: Provincia de Formosa —Dres. Laura Karina Paz, María Alejandra Vázquez y Jorge G. García Cabello.


PROVINCIA De RIO NEGRO
v. ADMINISTRACION FEDERAL De INGRESOS PUBLICOS

ALLANAMIENTO.
Habida cuenta del allanamiento formulado por la demandada, corr esponde dictar sentencia y hacer lugar a la demanda, si no se advierten en la causa ni tampoco se han invocado razones de orden público que justifiquen una solución distinta (art. 307 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ).

COSTAS: Desarrollo del juicio. Allanamiento.

Las costas del juicio deben ser impuestas a la Administración Federal de Ingresos Públicos, pues al no verificar se los extremos contemplados en el art. 70 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación , no existe mérito para apartarse del principio general queimpone tal condenación a la vencida, según lo establece el art. 68 de ese cuer po legal, toda vez que la conducta asumida por la demandada dio lugar a la impugnación deducida, y ala cual ulteriormente se sometió.

COSTAS: Personas en litigio.

Nose cumplen los presupuestos requeridos en el art. 1° del decreto 1204/01,enla medida en que la Administración F ederal de Ingresos Públicos es un ente autárquico según lo determina su norma de creación (decreto 1156/96), al que no corresponde identificar, en los términos de ese texto normativo, con el Estado Nacional.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 23 de agosto de 2005 Autos y Vistos: "Río Negro, Provincia de / Administración Federal de Ingresos públicos s/ impugnación de deuda", de los que

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:3175 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-3175

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