Argentino, cuando la a quo establece que el art. 1 dedicho cuerpo nor mativo no determina la responsabilidad solidaria de CARREFOUR ARGENTINA...". La juez transformó -dijo- su función sentenciante en actividad puramente legislativa, invadiendo así un ámbito quele es ajeno (conf. fs. 110 y 114).
Manifestó que todos los eslabones que integran la cadena alimentaria —desde el que elabora la materia prima, hasta el que vende el producto al consumidor— deben respetar y hacer respetar el C.A.A., atento que el objetivo es resguardar la salud de la población. En este sentido —acotó- Carrefour tiene el derecho pero también la obligación de exigir, a sus proveedores, la entrega de mercaderías en un todo de acuerdo a las normas del C.A.A.
Afirmó que, de acuerdo a los arts. 1 del Código Civil y 16 de la Constitución Nacional, la ley es obligatoria para todos sin distinción alguna. Y, entonces, si todos deben cumplir con los preceptos del C.A.A., CARREFOUR ARGENTINA S.A. debe expender la mercadería con rótulos completos. De tal manera que si "Arisco" le entrega productos en infracción a la norma sanitaria se los debe reintegrar, privándose de venderlos para el consumo masivo de la población.
Otra objeción que formuló a la sentencia fue que se remitiese a otra rama del Derecho —en este caso el Derecho Penal— para resolver cuestiones en el tema alimentario. Dijo que de esta manera "elucubrar una interpretación y aplicación del mismo constituye un error gravísimo, porque no sólo no se estarían aplicando las normas administrativasrelativas al caso sino que se estarían incluyendo normas penales que notienen aplicación posible, ya que en el casode autos existe suficiente previsión legal". Enfatizó también que, aun cuandopara cierta doctrina las sanciones administrativas tengan naturaleza penal, ello "no autoriza a decir que las sanciones del derecho alimentario también deban tener naturaleza penal" (conf. fs. 115).
Acaró además que el art. 1 del C.A.A. "no actúa a modo de extensión de la responsabilidad, sino como imputación independiente y autónoma, que determina que si CARREFOUR ARGENTINA S.A. tieneel deber legal de vender conforme al C.A.A., también debe comprar de acuerdo a sus normas aun cuando deba controlar lo queadquiere. Es más, a fin de respetar la normativa alimentaria y, por consecuencia proteger la salud dela población tiene el deber legalmente exigible de controlar el estado en que su proveedor le entrega la mercadería. Y si
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Año: 2001, CSJN Fallos: 324:73
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