ALBERTO MOISES HARBI v. CAJA NACIONAL nr PREVISION pz 11 INDUSTRIA,
COMERCIO y ACTIVIDADES CIVILES ", RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de la Constitución Nacional. 1 Es de carácter federal la cuestión que configura un caso de arbitrariedad de sentencia.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. Corresponde dejar sin efecto la decisión que invocó el cuarto párrafo del art. 11 . de la ley 23.473, para imponer las costas del pedido de pronto despacho al organismo previsional, omitiendo indicar las razones por las cuales lo estimó aplicable no obstante tratarse de una norma relativa a un régimen procesal y a un órgano judicial distintos de los correspondientes a la causa.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA - "Buenos Aires, 26 dejulio de 1988. .
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Harbi, Alberto Moisés e/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles", para decidir sobre su ... procedencia.
Considerando: . - .
Que la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, atento a que el organismo previsional incurrió en demora irrazonable — eneldictado dela providencia requerida por el peticionario (art. 31, ley 19.549), impuso las costas del pedido de pronto despacho objeto del proceso iniciado por este último, a la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, paralocualinvocó el art. 11, cuarto párrafo, de la ley 23.473. Esta condena dio lugar al recurso extraordinario de dicha Caja, cuya denegación origina esta queja.
Que la cuestión planteada es de carácter, federal por configurar un caso de arbitrariedad de sentencia, con arreglo a conocida doctrina del
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1231
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