192 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA el movimiento del Ferrocarril" (arts. 11 y 12); excluye toda autonomís o autarquía legal del F.C, Que en varios casos en que, por hechos atínentes 3 dicho fe rrocarril, debieron someterse sus consecuencias a la decisión de la justicia, fueron el Fisco o el Gobiermo de la Provincia, como tores o demandados, los que astmieron sti representación, Cont, Corte Suprema, Esllos: Tomo 130, págs, 105 y 1437 Tomo 152, pág. M6: Tomo 103, pú, 108), En su mérito y cido el señor Procurador General, se con firma la resolución apelada en enano pudo ser materia del res cnro. Hágase saber y devnétvanse en str oportemidad.
ANTONIO SAGARNA, Jena Y.
Prra. — Luis LINARES.
Doña Chaudia Z, Meredo Ae Cordero contra la Cormpañis Argentiva de Teléfonos, por indemvisación de daños y perjuicios, Excepción de incompetencia de jurisdicción, Numerio: Restiltando de los antecedentes del caso, que y denn= dada es una Sociedad Anónima con domicilio legal en esta Capital, que ha sido Mevuda a juicio por un vecino de uns provincia, procede el fuero federal, (artiento 2 inciso 25, ley 45), aún erario aquélla realice negocios fuera de la Capital por medio de Es administraciones locales respectivas «que solo pueden determinar la existencia de un domicilio esrecial a los efectos expresados en el art, 9), inciso 4 del Cónligo Civil.
Caso: Lo explican has piezo siguientes:
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:192
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