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ARTICULO 681 .-DENUNCIA DE LA EXISTENCIA DE SUBLOCATARIOS U OCUPANTES
ARTICULO 681 .-En la demanda y en la contestación las partes deberán expresar si existen o no sublocatarios u ocupantes terceros. El actor, si lo ignora, podrá remitirse a lo que resulte de la diligencia de notificación, de la contestación a la demanda, o de ambas.
Ver articulos: [ Art. 678 ] [ Art. 679 ] [ Art. 680 ] [ Art. 680 bis ] [ Art. 680 ter ] 681 [ Art. 682 ] [ Art. 683 ] [ Art. 684 bis ]
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LIBRO CUARTO - PROCESOS ESPECIALES
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TITULO VII - DESALOJO
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También puedes ver: Art.681 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales