ARTICULO 3158 del C.C. Velez Argentina


    << Art Anterior || Art Siguiente >>
    ARTICULO 3158 .- Todo acreedor hipotecario, aunque su crédito sea a término o subordinado a una condición, tiene derecho a asegurar su crédito, pidiendo las medidas correspondientes contra los actos sobre que dispone el artí­culo anterior.

    Ver articulos: [ Art. 3155 ] [ Art. 3156 ] [ Art. 3157 ] 3158 [ Art. 3159 ] [ Art. 3160 ] [ Art. 3161 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3158 con el Código Civil de Velez?

    Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
    LIBRO III
    - DE LOS DERECHOS REALES
    >>
    TITULO XIV
    - De la hipoteca
    >>
    CAPITULO IV
    - De las relaciones que la hipoteca establece entre el deudor y el acreedor
    >


    << Art Anterior || Art Siguiente >>


    También puedes ver: Art.3158 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:

[ Art. 3155 ] [ Art. 3156 ] [ Art. 3157 ] 3158 [ Art. 3159 ] [ Art. 3160 ] [ Art. 3161 ]

    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...