ARTICULO 277 Sujetos del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 277.-Sujetos El autor de la fuerza irresistible y de las amenazas puede ser una de las partes del acto o un tercero.

    Remisiones: ver comentarios a los arts. 276 y 278 CCyC.

    1. introducción

    La violencia fí­sica o la intimidación pueden haber sido ejercidas por una de las partes contra la otra o por un tercero. En cualquiera de esos casos perjudica la validez del negocio jurí­dico siempre que se configuren los presupuestos estudiados (ver comentario al art. 276 CCyC).

    Interpretacion COMENTADA al Art. 277 (con jurisprudencia)

    Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 274 ] [ Art. 275 ] [ Art. 276 ] 277 [ Art. 278 ] [ Art. 279 ] [ Art. 280 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 277 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO PRIMERO
    - PARTE GENERAL
    >>
    TITULO IV
    - Hechos y actos jurí­dicos
    >>
    CAPITULO 4
    - Violencia como vicio de la voluntad
    >


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    También puedes ver: Art.277 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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