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ARTICULO 276.-Fuerza e intimidación La fuerza irresistible y las amenazas que generan el temor de sufrir un mal grave e inminente que no se puedan contrarrestar o evitar en la persona o bienes de la parte o de un tercero, causan la nulidad del acto. La relevancia de las amenazas debe ser juzgada teniendo en cuenta la situación del amenazado y las demás circunstancias del caso.
Introduccion COMENTADA al Art. 276 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 276 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 273 ] [ Art. 274 ] [ Art. 275 ] 276 [ Art. 277 ] [ Art. 278 ] [ Art. 279 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 276 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
>>
CAPITULO 4
- Violencia como vicio de la voluntad
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También puedes ver: Art.276 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual