- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 274.-Sujetos El autor del dolo esencial y del dolo incidental puede ser una de las partes del acto o un tercero.
Remisiones: ver comentario al art. 275 CCyC.
Introduccion COMENTADA al Art. 274 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 274 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 271 ] [ Art. 272 ] [ Art. 273 ] 274 [ Art. 275 ] [ Art. 276 ] [ Art. 277 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 274 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
>>
TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
>>
CAPITULO 3
- Dolo como vicio de la voluntad
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.274 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales