Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

art. 1720 del Actual Código Civil y Comercial Argentina

El art. 1720 del Código Civil y Comercial
Fue coincidente con el/los: ARTICULO 1066 , del Legendario Código Velezano

Buscar al revés el art.: 1720


Relacionados:

Fallos de la CSJN relacionados al artículo 1066 del Código Civil (Vélez Sarsfield)
- Fallos: Tomo 327 - Página 3547
- Fallos: Tomo 327 - Página 3548
- Fallos: Tomo 326 - Página 112
- Fallos: Tomo 313 - Página 1070
- Fallos: Tomo 313 - Página 1072
- Fallos: Tomo 312 - Página 199
- Fallos: Tomo 307 - Página 522
- Fallos: Tomo 342 - Página 1688
- Fallos: Tomo 342 - Página 1699
- Fallos: Tomo 342 - Página 1711
- Fallos: Tomo 338 - Página 944
- Fallos: Tomo 329 - Página 1633
- Fallos: Tomo 321 - Página 544
- Fallos: Tomo 319 - Página 3087
- Fallos: Tomo 319 - Página 3099

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

art. 1720  del Actual Código Civil y Comercial Argentina  
Extraido de : https://universojus.com/mapear-codigo-velez/del-codigo-civil-comercial/articulo-1720

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos