- La que, a instancia de persona con derecho para enajenar -un bien o para pedir su enajenación, se realiza ante notario. Ha de extender éste acta, del lugar y fecha en que se celebra, objeto de la misma, bienes que comprende, posturas realizadas, adjudicación provisional y demás incidencias, como las protestas formuladas.
Una de las subastas notariales previstas en las leyes es la de la prenda, cuando al acreedor no se le pague oportunamente su crédito. "Esta enajenación habrá de hacerse precisamente en subasta pública y con citación del deudor y del dueño de la prenda en su caso. Si en la primera subasta no hubiere sido enajenada la prenda, podrá celebrarse una segunda con las mismas formalidades; y si tampoco diere resultado, podrá el acreedor hacerse dueño de la prenda. En este case estará obligado a dar carta de pago de la totalidad del crédito" (art. 1.872 del Cód. Civ. esp.).
Acerca de venta de io3 bienes hipotecados con intervención de notario, v. PROCEDIMIENTO HIPOTECARIO.
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual