Definición de REGISTRO DE ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD


    Oficina existente en España, en el Ministerio de Justicia, que certifica, luego de acreditar la muerte de una persona, o la declaración judicial de su fallecimiento, si existe, o no, testamento otorgado por la misma, ante notario o persona que haga sus veces; lo cual no excluye un posterior testamento ológrafo, o ante autoridad extranjera que lo desvirtúe; pero que no se supone en caso de aparecer el que consta en tal Registro.
    Este Registro fué creado por R. D. del 14 deN noviembre de 1895. Se lleva en la Dirección General de los Registros, con carácter central o nacional; y con carácter local, en los decanatos de los Colegios notariales.
    Se toma nota en el mismo de los siguientes testamentos y actos: a) de los testamentos abiertos; 6) del otorgamiento de los cerrados; c) de la revocación de unos y otros; d) de las donaciones mortis causa; e) de los testamentos ológrafos en que los testadores se limiten, ante el fedatario, a consignar la fecha y lugar del otorgamiento y circunstancias personales que permitan la identificación; /) de la protocolización de los testamentos ológrafos y de los abiertos otorgados ante persona distinta de notario (agentes diplomáticos O consulares, o por párroco donde se admita) ; g) de las ejecutorias relativas a la validez o nulidad de testamentos y actos de última voluntad (art. 39 del R. D. cit.).
    El Registro se lleva por tarjetas, con el nombre del testador u otorgante y dalos sobre el cónyuge (de tenerlo o haberlo tenido), de sus padres, y los del notario o juez que haya intervenido en el acto o en la resolución inscrita.
    Las certificaciones se expiden: 19 a petición de jueces o tribunales, o de otras autoridades, siempre que sea por razón del servicio; 29 a solicitud de los otorgantes, si acreditan su personalidad, o por mandatario especial; 39 a instancia de cualquier persona, una vez transcurridos 15 días del fallecimiento de aquel a quien se refiera el acto de última voluntad, y acreditando la muerte correspondiente.


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