Definición de REGISTRAL


    Neologismo necesario; ya que. institución tan variada y ya multisecular, como la de los Registros públicos, carece de adjetivo. La terminación en "al" es además muy jurídica: como notarial, judicial, policial. Existe también una "autoridad" en la materia: el texto de la Ley Hipot. esp., en cuyo art. 34 se dice: "Los adquirentes a título gratuito no gozarán de más protección registral que la que tuviere su causante o transferente".


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