Definición de RECOMPENSA INDUSTRIAL


    La Ley esp. de Prop. Ind. de 1902 define las recompensas industriales de modo enumerativo; y entiende por ellas las medallas, menciones, distinciones honoríficas u otros premios cualesquiera obtenidos en concursos o exposiciones organizadas o autorizadas por una entidad oficial y las otorgadas por las corporaciones académicas o sociedades legalmente constituidas y reconocidas.
    A fines de propaganda, las recompensas industriales, que acreditan la calidad, y aun la supremacía sobre los productos de los competidores, dentro del criterio de los jurados que las conceden, poseen importancia en el comercio y la industria, por lo cual se permite su inscripción en el Registro de la propiedad industrial, se defienden como la marca industrial (v.e.v.) y dan derecho a ostentarlas. En todo caso, el uso público de tales recompensas, el mencionarlas en un producto o en su embalaje, el citarlas en circulares, anuncios, membretes, tarjetas, sobres y otros papeles comerciales es derecho exclusivo de los individuos y razones sociales que las hayan obtenido, y de sus derecho habientes; pero han de mencionarse la fecha y exposición o concurso en que se hayan logrado (arts. 42 y ss. de la ley cit.).


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