Definición de PRUEBA EN JUICIO DE ALIMENTOS


    Quien se crea con derecho a pedir alimentos provisionales presentará con la demanda los documentos que justifiquen cumplidamente el título en cuya virtud los pide; y, si éste proviene del parentesco con el demandado, deberá acreditarlo también docu- mentalmente, si bien se admite completar la justificación con testigos. Convocadas las partes a juicio verbal, se admitirán las pruebas relativas a los puntos antes expuestos, en cuanto no resulten justificados por los documentos agregados a la demanda (arts. 1.609 y 1.611 de la Ley de Enj. Civ. esp.). (v. JUICIO DE ALIMENTOS.)

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