Definición de PACTO AMBIGUO


    El susceptible de distintas interpretaciones por las partes, a consecuencia de redacción defectuosa u omisiones de importancia. Naturalmente, si al plantearse la ambigüedad las partes convienen en un sentido, sea cual sea, y de no tropezar con preceptos de orden público, esa voluntad es ley para ellas, aun contraviniendo puntos claros del pacto primero. Pero, de surgir conflicto, el Cód. Civ. esp. establece como regla exegética que: "El uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse" (art. 1.287). (1.669.)

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