Definición de DOMICILIO DE LOS HIJOS


    El de los sometidos a la patria potestad, será el de sus padres (art. 64 .de la Ley de Enj. Civ.). (v. DOMICILIO, PATRIA POTESTAD.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...