- La situación administrativa estilada en varios países americanos, nada respetuosa de la estabilidad en el empleo que debe acompañar a los puestos profesionales (no directivos, ni políticos o de confianza), aun de índole pública; y que consiste en la suspensión personal, sin goce de sueldo, y no a consecuencia de expediente contradictorio e imparcial, de los empleados o funcionarios que no son de la situación política, personal o de otra índole que impere en la nación, oficina, establecimiento o lugar de que se trate. Se produce a veces también, y es el caso más justificado, cuando se investiga alguna irregularidad administrativa.
Al lado opuesto de la escala, como favor muy especial para el comprendido en la declaración en comisión, ésta significa que el empleado pasa a prestar sus servicios a distinta dependencia, o con ello se cubre alguna otra causa que le permite cobrar sin prestar servicios; por lo general se retiene la retribución del lugar donde se figura a los fines administrativos básicos.
La excedencia forzosa, las cesantías, la declaración de supernumerario equivalen en la Administración europea a esta práctica poco aconsejable para la estabilidad de los hogares modestos y para la serenidad elevada con que ha de proceder quien ejerce funciones de mando.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual