- Aquella en la cual el vendedor se obliga a entregar la cosa en momento ulterior al de la perfección del contrato; o el comprador a pagar el precio, de una sola vez, en la época posterior determinada. Se diferencia de la compraventa a plazos (v.e.v.), aun cuando pueda coincidir en la dilación del pago, en que éste se efectúa en una sola vez, y porque cabe que la prestación diferida sea también la del vendedor, (v. OPERACIÓN A TÉRMINO.)
[Inicio] >>