- Acción de robo flagrante. En estos casos; y para evitar la venganza privada, o la composición voluntaria, que las XII Tablas habían sancionado por el rigor peculiar de los tiempos primitivos, el pretor reconocía acción para obtener el cuadruplo del valor de lo robado; luego calculado sobre el interés que el despojado tenía en que la cosa no le fuera, arrebatada, (v. "Actio FURTI NEC MANIFESTL" )
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