- Acción Nacida de testamento. La personal y de estricto derecho reconocida a ios legatarios para que el heredero que negara el legado fuera condenado al doble de su valor, si se trataba de una suma de dinero o de otra cosa cierta. Primeramente sólo se admitió en los legados per damnationem o sinendi modo (v.e.v.) ; pero, luego del senadoconsulto neroniano, podía dirigirse contra el heredero en toda clase de legados.
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