Definición de "ACTIO FINTUM REGUNDORUM"


    Acción de deslinde. Como tantas otras acciones e instituciones romanas, --esta acción divisoria ha experimentado una evolución hacia la flexibilidad y la amplitud a través de las distintas etapas del procedimiento de aquella nación. En las XII Tablas, el propietario de un fundo rústico podía obligar a su vecino a que se estableciera judicialmente el lindero entre ambas propiedades; el pleito se decidía por medio de tres arbitros, agrimensores, que fijaban los límites exactos según su criterio y las pruebas. En caso de rebeldía de un litigante, se le condenaba a una indemnización a favor del que acataba lo resuelto.
    Durante el procedimiento formulario constituía una acción personal con una adjudicatio, que permitía al juez atribuir la propiedad de ciertas parcelas de un litigante a su adversario, con la indemnización consiguiente, y que posibilitaba una condena pecuniaria por los frutos percibidos indebidamente y por los daños causados.
    En las leyes de Justiniano, una acción mixta (personal v real), dirigida no sólo a la fijación de los límites entre predios contiguos, sino que suplía o sustituía a la acción reivindicatoría cuando la causa se refiriera a una porción de otra finca contigua a la del demandante, (v. "ACTIO COMMUNI DIVIDUNDO" y "FAMII.IAE ERCISCUNDAE"; DESLINDE.)

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