— maestro Story lo siguiente: «. ...pueden suscitarse algunas "dificultades con motivo del ejercicio de sus funciones, por — parte de los poderes ejeentivo, legislativo y judicial. Los funcionarios de estos diferentes órdenes están igualmente obligados por su juramento á mantener la Constitución. ....
| y ú abstenerse de todos los netos que estuviesen en desacuerdo conella. Si sucede, pués, que esos funcionarios se vean — enel caso de ahora. .... deben ante todo, cada uno en lo que le respecta: decidir si puede consumarse el acto, de conformidad con la Constitución...... cuando se trata pués de una medida exclusivamente política, legislativa ó ejecutiva es evidente que el poder legislativo ú ejecutivo es juez supremo de su propia capacidad.... Pero cuando la enestión es susceptible de exámen y decisión judicial ella admite entonces otro procedimiento. La interpretación favorable ó nú ú la legalidad del ¿clo, dada por el Estado, la autoridad nacional, la legislatura ú el Poder Ejecutivo puede, en esta circunstancia, ser comparada con la Constitución misma, y ser sometida á una decisión judicial. Nosotros pensamos que es para tales casos que la Constitución ha designado el úrbitro común ú cuyas decisiones todos los otros poderes están subordinados y que este árbitro esla suprema autoridad judicial de los Tribunales de la Unión», (Story, comentarios T. 1" números 203 ú 220 página 197 ú 203).
Se ve pués que basta al Tribunal la jurisdicción que en el caso ocurrente le corresponde para poder pronunciarse sobre la constitucionalidad de la ordenanza, cuya aplicación se contruvierte, y tal cuestión es prévia, pués si, se declarase inconstitucional dicha ordenanza sería ilegal el impuesto que se cobra al recurrente, esté ú nú comprendido entre aquellos ú quienes se grava cop él, Voto, pués, por la afirmativa en la segunda cuestión.
Los demús señores vocales se adhirieron á est: voto.
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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:300
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