midad con lo que dispone el art. 1030 de las Ordenanzas de Aduana, suspendiendose el juicio respecto de los rebeldes, José Rodrivuez, C. Buda y Tujes, Leopoldo Romero y MHerachio Hermosid hasta que puedan ser habidos, Declaro asi mismo exidos en comiso los 25 cajones de tabaco negro en enerda conducidos por el limehón + Amado» e introducidos al puís por el Puerto de Federación, sin pa ear derechos el dia 17 de nuosto de 152, aplicándose al Fiseo Nacional el prolueta del omiso, eonorstas ad caro de los acusados, Y resultando de estos antecedentes argo ee enlpatilidad contra los empleos de eareas del 1, .7 del Este Argentino; contra don José Barbará capitán del vapor Federación, don benedieto Solari capitán del vapor Iberá, don (5. M. Corgnodale, capitán del vapor Mensagero y contra la misma empres sa del ferrocarril; contra don José Solari, don Bonifacio Aleure. patrón del hanehón Amido y don Nivolas Ugarte y otros que no han sido comprendidos en la neucueión vuelva al Proenmulor Fiscal, para que deduzca contra ellos las acciones que enrrespondan, sacándose al efecto las cópias correspondientes si necesario Mese, — Líbrese orden para que sent detenidos los condenados Antonio Gonzalez, Chuulio Hermosid y Benjamín Hayncuul, como también los rebeldes los $ Rutrignoz, €. Hudía y lHupes, Horaelio Hermosid y Leopoldo Homero.
Me Trzanos Pintos,
METAMES DEL SEÑOR PROCHI BO G ENTRAR
Suprema Corte:
Esta cansa seguida contra la razón social formada por don Jorge MacLeod y don Juan bxlesias, por contribuido y fran des contra la administración de Rentas, envuelve tambien 3 ios emplemdos de ha Aduana de Concordia, que relaciona ei
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Año: 1902, CSJN Fallos: 97:96
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