CAUSA LXVI
Contra varios agentes de compañías estrangeras de seguros, por defrandación de impuestos fiscales; sobre competenria, Sumario.— La justicia ordinaria de la Capital es competente para entender en la denuncia de defraudación ú la renta fiseal, en enanto se refiere Á impuestos establecidos exelusivamente para la Capital y territorios nacionales. Esto no obsta ú que pueda, simultáneamente, seguirse juicio ante la justicia federal por defraudación relativa ú impuestos establecidos para toda la República.
Caso.— Resulta de las siguientes piezas:
AUTO DEL JUEZ DE INSTRUCCIÓN
Buenos Aivos, dicionbre 11 de 1901.
Vistos. Considerando: 1° Que antes de proseguir este _sumario conviene dejar establecido claramente, la conpetencia del Juzgado, ú fin de evitar las consecuencias que traería aparejada una nulidad.
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Año: 1902, CSJN Fallos: 95:71
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