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Fallos: 94:409 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Resulta en enanto al eneausado Silverio Andrade, que en su exposición de fs. 6 vta. declara haber recibido el billete de Baneo que core ú fs. 22, de mano de su eoprocesado Luis Covi, quien le advirtió que era falso. Agrega Andrade haber entregado dicho billete falso al sujeto Pedro Lara para que lo hiciese cirentar, como en efecto lo hizo, repartiéndose el beneficio de la estafa, Andrade se ratifica á fs, 13 en tal declaración y su dicho se corrobora además, por las exposiciones de Luis Covide fs. 1 via. á fs. 13 vta. excepto enla parte en que Andrade le atribuye participación en el hecho de la civentación del mencionado billete falso.

De esti manera, pues, el procesado Silverio Andrade está convieto y confeso de haber instigado al enenusado Lara ú perpetrar la cirenlación del referido billete falso de E. 22, conociendo aquél la falsedad del billete en cuestión, La situnción de Andrade ante aquellos antecedentes no pue de ser otra que la del autor principal del delito de circular billetes falsos de Banco, con conocimiento de su falsedad, según lo dispuesto en el ine. 3 art. 21 del Código Penal, delito previsto y penado por el art. 1° de Ia ley Ne 3972.

En cuanto al procesado Pedro Lara, confiesa ú Es. 5 via.

haber recibido de manos de su coprocesado Audrade un billete de veinte pesos para que lo hiciera circular, que resulta ser el falso billete de f. 22 cuya falsedad manifiesta ig noraba.

Pero si se tiene presente que Audrade y Lava tan solo se conocían de pocas horas, según resulta de su exposición de f.

5, no puede admitirse como verídica la declaración del encuu

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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:409 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-94/pagina-409

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