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Fallos: 94:268 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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eestavos nacionales, pazaleros en dies años, según consta de los mismos títulos, sama que ha sido ya totalmente satisfeeha con el pazo de la última anualidad vencida en 12 de Azosto de 159, según el documento que también acompaña.

Que en 1550 el señor J, R. García vendió el mismo campo á don Franciseo López Lecube, como representante y miem.

bro de la razón social A. y F. López Lecube por la suma de 15.716 pesos con 75 centavos nacionales, serún consta de la eseritura que acompaña de fs. 20 d 31.

Que en 15 los Señores López Lecube vendieron al actor el mismo campo por la suma de 35000 pesos moneda nacional, lo que consta por los títulos agregados de fojas 324 42.

Que durante mucho tiempo han estado los adquirentes «estionaudo unos de otros la entrega del campo vendido; García ha gestionado varios años del Gobierno de Corcientes, como emnsta en los archivos de esa Provincia, y á su vez los Señores López ecnbe y el actor mismo de García, esa entrega in haberlo podido conseguir hasta ahora Que después ha Hezado á saber que ni el Gobierno ni los sueesores daban esta posesión, porque el campo vendido pares ce pertenecer ú los herederos de don Mariano Acosta, los que se oponen ú que se tome posesión, Que tales son los antecedentes de la neción que vá ú for mular contra el Gobierno de Corrientes, y que abzunas de las pruebas que no he podido conseguir y que pueden ser pertihentes, se encuentran en los archivos de Corrientes y en los le esta Capital y los presentará así que pueda obtenerlos.

Que no habiendo conseguido el actor ni stis antecesores, que el Gobierno de Corrientes los ponya en posesión de lo vendido, como era de su deber, según la terminante dis posición de los artículos 1109 y sus concordantes del Código Civil.se verá en la necesidad de demandarlo por la entrega inmediata del cumpo vendido á Don José KR. Gareía, de quien

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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:268 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-94/pagina-268

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