el dosmmento de fs. 4, mediante el enal, fue defrandada In castle los señores Hola Hnos, en la forma que refiere la de nnnein de fs, 5, La exposición del procesado Klein á Es. 30, respecto 4 que procediera bajo la influencia que sobre él ejercía st superior cerámico, el ex-procesado Luis José María Bello, no puede to marse en consideración para disminmir si responsabilidad, puesto que la superioridad de zerárquicos no mutoriza la cm misión de delitos exuanes y no obró, por lo tanto, en virtml de obedieneia debida.
El co-procesdo Hello mieza Los hechos imprrtmdos, pero Ins eomstaneias de natos le convencen de La estaras In essa Isola Huos.. mediante el documento falsificado, Las taehas oprestas d los que le reconocieron y constata ron st identidad me son Mudadas, pres ningún interás persomal tiemea esos testigos en la imposición de pena, y el art. 227 del Cód. de Procedimientos en lo Criminal preseribe al respereeton, eqrres rovleos Veas iralaceboiliclmedess aperos ses Formelirmo eo ha presen ción de parcialidad presamente dispuesto por el art. 319 del Cód. de Procedimientos ea lo Criminal, ya que no se han justificado ni siquiera expuesto, hechos demostrativos de violencia que lo amtoricen. Quedao, pres, intactas las consideraciones ale la neusación fiscal de Es. 150 vuelta, y los fandame os de la sentencia reenerida de 6. 156, en enyo mérito pido ú V. E. se sirva con firmaria, «uti 29 de 1008, Sabiniano Kier,
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:207
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