FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, diciembre 19 de 1901.
Y vistos: De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor procurador general y por los fundamentos de la sentencia apelada de foja veinte, se contirma ésta, con costas, Notifíquese original y devuélvanse, reponiéndose el papel, DENJAMÍN PAZ. — ABEL BAZÁN. — Octavio BUNGE, — NICANOR G, DEL SOLAR. — M. P. Daracr.
CAUSA XDVII Criminal, contra José Maradey, por cirentación de billetes de curso legal falsos Sumario. — La cirenlación de billetes de enrso legal falsos, con agravantes, es pasible de la pena de seis años de penitenciaría y multa del déeuplo del valor de los billetes cirentados.
Caso. — Lo indica el siguiente
Compartir
45Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1901, CSJN Fallos: 93:377
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-93/pagina-377
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 93 en el número: 377 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos