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Fallos: 88:92 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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E. Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 6 de 1900.

E Vistos: De acuerdo con lu expuesto y pedido por el señor e Procurador general y por los fundamentos concordantes del auto recurrido de foja cuarenta y siete, se confirma éste, deE elarándose que el conocimiento de esta causa corresponde al juezfederal en lo criminal de esta Capital. Remítansele, en consecuencia, los autos, á los efectos que hubiere lugar, avisánE dose por oficio á los jueces de seccion de la provincia de Buenos E: Aires y dela de Santa Fé.

E BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. — a OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO

E RRENT.
Re —u E .

E
É f CAUSA CCCLXXX II
Criminal contra don Juan Elias Bonnemarson; sobre extradicion Sumario. — No procede la extradicion, si se ha declarado que el juez requirente no tiene jurisdiccion para conocer en la causa que motiva el pedido, Caso. — Lo explica la

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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:92 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-88/pagina-92

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