E. Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Octubre 6 de 1900.
E Vistos: De acuerdo con lu expuesto y pedido por el señor e Procurador general y por los fundamentos concordantes del auto recurrido de foja cuarenta y siete, se confirma éste, deE elarándose que el conocimiento de esta causa corresponde al juezfederal en lo criminal de esta Capital. Remítansele, en consecuencia, los autos, á los efectos que hubiere lugar, avisánE dose por oficio á los jueces de seccion de la provincia de Buenos E: Aires y dela de Santa Fé.
E BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. — a OCTAVIO BUNGE. — JUAN E. TO
E RRENT.
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É f CAUSA CCCLXXX II
 Criminal contra don Juan Elias Bonnemarson; sobre extradicion  Sumario. — No procede la extradicion, si se ha declarado que  el juez requirente no tiene jurisdiccion para conocer en la causa que motiva el pedido, Caso. — Lo explica la  
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:92 
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