E a FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Er | CAUSA CDLIV Contra don Pedro HKoman, sobre extradicion y recurso de habeas corpus Sumario. — 1° Lo dispuesto en los artículos 690 y 691 del Código de Procedimientos en lo criminal no es aplicable á las sentencias no reclamadas oportunamente, que se dicten en los juicios de extradicion.
2 El recurso de habeas corpus no puede ser traído originariamente ante la Suprema Corte, y no procede, cuando la prision ha sido decretada por el juez competente.
Caso. — Lo explica el siguiente
RECURSO
Buenos Aires, Noviembre 17 de 1900.
Ezcmo. Señor:
Francisco C. Gadea, domiciliado en la calie Cuyo número 458, por el sargento mayor de la República Oriental del Uruguay, don Pedro Roman, preso en la cárcel penitenciaría en la celda 483, ante V. E, en la forma que mejor proceda digo: Que mi representado fué aprehendido en la provincia de Corrientes en el mes de Agosto próximo pasado en virtud de un pedido «le extradicion del gobierno oriental.
El juicio especial á que da orígen todo pedido de extradición de criminales, que debió ser breve y sumario, ha durado tres me
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Año: 1900, CSJN Fallos: 88:442
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