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Fallos: 87:130 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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130 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE

CAUSA COCCXIX
Don Viviano Pintos contra la empresa del Ferrocarril Uentral Córdoba, por indemnizacion de perjuicios; sobre competencia.

Sumario. — En la demanda por perjuicios procedentes de hecho ilícito es competente el juez del lugar donde se produjo el hecho, Fallo del Juez Federal Tucuman, Octubre 25 de 1899.

Y vistos : Del expediente número 1524, promovido por don Viviano Pintos, contra la empresa del ferrocarril Central Córdoba, sobre cobro de pesos por indemnizacion de daños y perjuicios, y por ahora en el incidente suscitado por la parte demandada sobre incompencia de jurisdiccion.

Considerando 4° Que la empresa al oponer dicha excepcion no ha desconocido que corresponde el caso ála justicia federal, por tratarse en él de la aplicacion de una ley especial del honorable Congreso de la nacion, segun se expresó en el escrito de foja 7 Fallos de la Suprema Corte, tomo 66, paginas 181, 188 y 203), limitándose tan sólo á desconocer la del suscrito, fundado en que la parte demandada tiene su domicilio en Córdoba, á cuyo juez federal, dice, corresponde el conocimiento de la causa,

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:130 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-130

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