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Fallos: 87:132 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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132 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE das á derecho las conclusiones en que se declara competente el señor Juez a quo, para entender en el caso sub judice.

Por ello pido á V. E. se sirva confirmar, por sus fandamentos, el auto apelado de foja 29.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 28 de 1900.

Vistos y considerando: Que la demanda ha sido deducida ante el juez del lugar donde dice ocurrido el hecho ilícito que funda la accion entablada.

Por esto, y de acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja veintiuna. Repuestos los sellos, devuélvanse.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN. —
OCTAVIO BUNGE. — J. E. TO-
RRENT.

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Año: 1900, CSJN Fallos: 87:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-87/pagina-132

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