Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 85:84 de la CSJN Argentina - Año: 1900

Anterior ... | Siguiente ...


F 84 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
CAUSA CXL
Don N. Gentile contra don N. Morales; sobre arraigo del juicio Sumario. — Debe rechazarse la excepcion dilatoria de arraiEo, si no se prueba el hecho en que se funda.

Caso. — Resulta del Fallo del Juez Letrado Posadas, Noviembre 29 de 1895.

Vistos y considerando : Que el demandado Morales, sin contestar la demanda interpuesta á foja 4 por Gentile, pidió en el —— escrito de foja 7 que éste arraigase el juicio, fundándose en que no tiene domicilio conocido en esta capital, segun informes recogidos, y porque constituye un domicilio que no existe, pues un el designado no hay sinó una plaza pública donde nadie puede constituir domicilio particular, y además necesita saber el grado de responsabilidad que tiene.

Que contestada la excepcion por el actor sosteniendo que su domicilio es en la gobernacion, como encargado de cuidarla ; fué recibido el juicio á prueba, sin que la parte demandada haya producido ninguna, habiendo el actor, por el contrario, presentado la manifestacion del señor gobernador del territorio, corriente á

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

57

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1900, CSJN Fallos: 85:84 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-85/pagina-84

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 85 en el número: 84 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos