Miles, tan pronto se haya acabado la cuestion pendiente con el señor Miles favorablemente. Mayo 20 de 1888. Por J, B.
Iturraspe, Rodolfo Bruhl; testigo, Antonio Echeparre, testigo J. Bernad»; y el segundo sin fecha dice asf: eSeñor juez de paz de la colonia San Francisco, don Vicente Romero. Sírvase conocer como dueño de los lotes números 101, 120, mitad este número 119, mitad norte número 122, lotes enteros números 104, 105, 106, 115, 126 y 127, ú los señores José, Jorge y Bartolo Casalis y Domingo Casalis, vecinos de esa colonia, Fir- :
mado Rodolfo Bruhl», 2" Que el boleto á que hace referencia el documento de fo"ja 2, que corre en los antos Miles v. Iturraspe, que en este acto se tiene á la vista y del cual el secretario adjuntará al presente expediente copia legalizada, establece en sus artículos 3 y 4" que el precio decada concesion es el de 250 pesos moneda nacional, pagados por cuotas en 1° de Marzo de los años 1887 ú 1890, con más un interés anual de 8 por ciento en los plazos no vencidos y de 12 por ciento capitalizables cada año por los vencidos; y en el 5, que en caso de falta de pago en los plazos convenidos, queda autorizado el vendedor para anular el contrato sin remuneracion por mejoras.
3" Que el actor, á foja 13, consigna la suma de 9600 pesos nacionales como valor de los lotes materia de la convencion, pidiendo se mande al demandado escriturarlos, ó en su defecto se le condene á la indemnizacion de daños y perjuicios y costas del juicio, invocando en su apoyo la prescripcion de los artículos 1497, 1201 y 574 del Código Civil.
4" A fojas 24 y 33, el actor hace presente que el demandado ha enajenado, de las concesiones contratadas, las numeradas —° 105,106 y 115 por cuyo acto protesta, pidiendo los daños y perjuicios que estima en la suma de 5000 pesos nacionales, expre sando en el otrosi del escrito de foja 33, que deduce de la consignacion de foja 13 el valor de las tres indicadas concesiones.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 85:283
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