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Fallos: 84:417 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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DE JUSTICIA NACIONAL 417 | manifestando haber recibido el saco aludido. Sin embargo, la carta de referencia no llegó 4 poder de la destinataria.

7" Que la carta dirigida por don Aurelio Castro ú su esposa, :

á que se refieren las piezas de fojas 220 á 230, certificada bajo el número 1020, llegó 4 la Concepcion con diez y nueve días de retardo, y con señales de violacion, segun se expresa en el sobre :

de foja 224, en el informe ó nota de fojas 222 4 223, declaraciones de foja 228, 229 y 272 vuelta, en la que Rentería reconoce haberla recibido en buen estado y despachádola en el mismo, y que el remitente le exigía el recibo de retorno ; reconociendo tambien el informe de foja 221, la guía de foja 238 y sobre de foja 226, atribuyendo el retardo en la entrega á demora de los estafeteros, y ratificando la declaracion de foja 229, con la sola sulvedad relativa á la demora de cuatro días que manifiesta no recordar haberla dicho, A esacarta se refieren igualmente las deciaraciones de foja 287, donde se ratifican las notas 6 informes de fojas 220 y 222, reconociendo las demás piezas á que en dichas notas se aluden ; y la de foja 334 vuelta, en la que se ratifica en todas sus partes la de foja 228, así como la firma de la carta de foja 333.

8" Que á foja 231 corre la denuncia formulada por don Pedro Navelino, afirmando que una carta certificada en la oficina Villa Alberdi, con destino á la estacion Frias, fué detenida diez y siete días y violada por Rentería: á foja 231 vuelta declara administrativamente el señor Navelino ratificando la denuncia, y afirmando que entregó la carta á Rentería el 31 de Mayo de 1897, dándosele con fecha 4° de Junio el recibo correspondiente; quela cubierta iba en perfecto estado, sin que Rentería objetase nada, que contenía además de un pliego escrito, un bi- :

lete de cincuenta pesos moneda nacional ; que en 13 de Junio no había llegado aún ásu destino, que reclamó cuatro veces el acuse de recibo, agregando las explicaciones que se ven á foja 235 vuelta y 236.'Rentería reconoce ú foja 236 haberla recibido,
Y. LEXXIV E

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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:417 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-417

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