— sus omisiones, y el ministerio, con los decretos de que se trata, no ha podido absolutamente destruir el principio establecido, siendo, por otra parte, esto materia de la competencia de V. S. de una manera indiscutible.
J. Botet.
Fallo del Juez Federa Buenos Aires, Febrero 9 de 1900.
Y vistos: Por los fundamentos de la precedente vista del señor procurador fiscal, que el juzgado encuentra ajustados á derecho, se rechaza la excepcion de incompetencia opuesta por la empresa del Ferrocarril Buenos Aires y Rosario, con costas; y contéstese el traslado pendiente dentro del término de ley.
Repóngase el papel.
Gervasio F, Granel.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Marzo 22 de 1900.
Suprema Corte :
Considero procedente la jurisdiccion federal requerida en el caso de defraudacion de intereses fiscales, con sujecion á los fundamentos invocados en el auto recurrido de foja 144, cuya confirmacion solicito de V. E.
Sabiniano Kier.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:373
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