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Fallos: 84:153 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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DE JUSTICIA NACIONAL 153 Que con arreglo á la última parte del artículo mil setenta y nueve citado, pasado ese plazo no habrá lugar á reclamacion alguna.

Que ante lo explicito de esa disposicion, el inferior ha debido resolver la causa, como lo ha hecho, sin prévia recepcion á prueba, Por esto y fundamentos concordantes de la sentencia apelada de foja diez y seis, se confirma ésta, con costas, Repuestos los sellns, devuélvanse.

BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZÁN. —
OCTAVIO BUNGE. — H. MAR-
TINEZ,
CAUSA LuXNIV Don Francisco E. Correa, sobre recurso de habeas corpus Sumario. — No procede el recurso de habeas corpus á favor del conscripto que se halla detenido por infraccion al cumplimiento de sus deberes de tal, por órden de autoridad compe- :

tente.

Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:153 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-84/pagina-153

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