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Fallos: 83:436 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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Y considerando : 1 Que la Suprema Corte ha sentado jurispru= f dencia uniforme, de que en losdelitos contra el Tesoro nacional, y corresponde su conocimiento á la justicia federal para la ins truccion del sumario y aplicacion de la pena respectiva; sin E distinguir si el defraudador es 6 no empleado nacional, pura E E ser juzgado por el imperio de la ley penal de Setiembre 14 de E 1863 (fallos de la Suprema Corte, tomo 68 pág. 150 ). Por i esta consideracion, declárase competente el proveyente para el conocimiento de estu causa, por ser aplicable ú los hechos delictuosos la ley penal citada.

2° Considerando, en cuanto al procesado Aspasi: que está convicto y confeso de haber cometido el delito de apropiarse, con fraude, para provecho propio, de una parte de los fondos nacionales destinados á extincion de la langosta, delitu previsto y penado por el artículo 82 de la mencionada ley, 3 Que la acusacion no ha justificado que el procesado sea reincidente de delitos de la misma especie ó que hubiese sido castigado anteriormonte por delito al que la ley señale pena igual ó mayor (artículo 84, inc. 19 y 20, del Código Penal).

4" Que en favor del mencionado reo existe la circunstancia atenuante de haber devuelto la suma defraudada, procurando así reparar el mal causado al Tesuro Nacional (artículo 83, inciso 5, Código Penal).

5° Considerando en cuanto al procesado Miguel Gesuiti, que está igualmente convicto y confeso de haber cometido el delito quese le imputa ; pero tiene en su favor la atenuante á que se relivre el anterior considerando y la insignificante cantidad 20 pesos moneda nacional), que á él le correspondiera en la reparticion del caudal, 6" Considerando, en cuanto al procesado Casareto: Que el señor fiscal le acusa como cómplice de primer grado, fundado en que ha proporcionado los instrumentos necesarios para la ejecucion del delito (artículos 32 y 33, inciso 5").

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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:436 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-436

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