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Fallos: 82:132 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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| : 132 FALLOS VE LA SUPREMA CONFE Por estos fundamentos y definitivamente juzgando, fallo :

condenando á Isidoro S. Lastrade, por el delito de malversacion de caudales públicos, ú sufrir la pena de cinco años de trabajos forzados, de conformidad al artí-nlo 80 de la ley de 14 de Setiembre de 1883, la que cumplirá en el Jugar que designe el Poder Ejecutivo, debiendo computarse el tiempo de prision sufrida, á razon de dos días de ésta por cada uno de los de la pena impuesta, y ú devolver al tesoro nacional los caudales


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 20 de 1895, Suprema Corte:

La sentencia de foja 89, que condena al proresado Isidoro Lestrade á cinco años de trabajos forzados, es no sólo justa sinó equitativa, pues impone el mínimum de la pena establecida por el artículo 80 de la ley sobre crímenes contra la nacion, cuando pudo legalmente extenderla al término medio entre aquel mínimum y el múximo de diez años de trabajos forzades, La objecion hecha en la expresion de agravios, respecto á no existir en la legislacion federal escala de penas; no es legítimo, pues el artículo 92 de la ley de 1863 citada, establece ya una fórmula de computacion de penas, y el 93, determina el régimen de la ley comun en los casos no previstos en la ley nacional, y

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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-82/pagina-132

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