Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 82:121 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

Fallo del Juez Federal Corrientes, Diciembre 21 de 1894, 7 Vistos: estos autos seguidos contra la Sociedad Anónima « Colonizadora de Corrientes », a mérito de la demanda contra ella interpuesta por don Liberato Avena, en la que alega :

que dicha sociedad domiciliada en Goya le es deudora dela suma de 989 pesos con 65 centavos moneda nacional proveniente de suministros hechos por la farmacia que tuvo en la ciudad de Bella-Vista, como consta de la cuenta que presenta, que pasada esta cuenta al señor Cárlos Krause, gerente de esa sociedad, juntamente con los comprobantes de sus partidas, segun se expresa en el telegrama que adjunta, no ha conseguido su cobro á pesar del tiempo transcurrido y de sus reiteradas ins— tancias, viéndose en el caso de recurrir á la vía judicial entablando esta demanda por la expresada suma para que dicha sociedad sea condenada 4 pagarla con los intereses y costas, pidiendo que se le notifique y emplace á don Mariano J. Loza por ser presidente de la sociedad.

Que justificado el fuero y notificado y emplazado el doctor Loza, se presentó por intermedio del procurador don Juan J.

Ibarra contestando la demanda en los siguientes términos :

« que cuando el demandante pasó su cuenta al gerente de Ja sociedad en el mes de Junio ó Julio del año 1891, fué sometida úá la consideracion del directorio el 27 de Octubre del mismo año, lo que no se hizo con anterioridad, debido 4 la renovacion del directorio, circunstancia que se comunicó á aquél, segun consta de la copia del telegrama que arompaña; que el directori» en sesion del 17 de Noviembre, no reconoció la cuenta por no ser suficientes las recetas que se presentaron como justificativos

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

41

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 82:121 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-82/pagina-121

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 82 en el número: 121 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos