o FALLOS DE LA SUPREMA CONTE
CAUSA CDX YIII
> Don Jesús Arías contra don Manuel NM. Paez 4 sobre cobro de pesos y nulidad U Sumario, — 1° En las cuestiones de puro derecho no corresLa ponde abrir la causa ú prueba.
|: 2 La existencia 6 no de un tiador de la obligacion, no exime y de ella al deudor principal.
| Caso. — Lo explica el í Fatlo del Juez Federni La Plata, Setiembre 50 de 1896.
Y vistos : Los autos seguidos por don Jesús Arias contra don Manuel M. Paez pura que se establezca la fecha del cumpliy miento de una obligacion, Y considerando : 4" Que en el documento con que se ha insy truído la demanda el demandado se expresa en esta forma :
« Conste por el presente de como soy deudor á don Jesús Arias f de la suma de 1000 pesos moneda nacional legal, etc. :
2» Que el demandado reconociendo este documento ha negaÉ do la obligacion de pagario, en razon de la cláusula final de ese
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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:440
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