do: « Julio Wattean, sobre mensura y deslinde de los campos de Junin » pedido ad e//ectum videndi, no conociendo todavía Jos demás.
8° Que la tercera causal aleg. da de mantener el proveyente acciones oriminales contra el doctor Poese, letrado del recusan- " te no es de las enumeradas en el artículo 44 de la ley de Procedimientos de 14 de Setiembre de 1803, ni es exacto tampoco el hecho; pues, si bien fué cierto que con mucha anterioridad á su nombramiento de Juez dedujo acciones criminales por injurias y calumnias contra el doctor Ponce esos juicios terminaron por retractacion y explicaciones satisfactorias que dió el acusado.
9" Que aunque no se hi alegado otra causal de recusación en el escrito de foja 213 ofreciendo prueba, se pide un informe de los Bancos Nacional en Liquidacion é Hipotecario Nacional para justificar que el proveyente es deudor de dichos Bancos y entónces debe tambien tomar en cuenta esa cansal porque es de las enumeradas en el artículo 43 de la ley del 63.
10° Que si bien es cierto el hecho de ser el proveyente deudor de dichos Banco, ninguna participacion tiene en este juicio el Banco Hipotecario Nacional, y con relacion al Baco Nacional en Liquidacion ejecutante, contra cuya ejecucion ha deducido su:tercería el recusante, es de observarse que la Suprema Corte Nacional ha resuelto que «el ser acreedor ú deudor del Banco Nacional no es causa de recusicion en los juicios en que éste sea parte », dando extensamente los fundamentos de tal resolucion (Fallos, tomo 49, páginas 41 y 96).
11" Que los Jueces federales deben conformar sus resoluciones á las decisiones que en casos análogos dicte la Suprema Corte haciendo jurisprudencia. (Fallos, tomo 9 pág. 53 ).
12" Que aun cuando sería muy cómodo para el proveyente inhbibirse de conocer en los numerosos juicios que sigue el recusante ante el juzgado federal, unos con el Banco Nacional en
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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:314
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