56 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE En su escrito de foja 25 se ha opuesto la excepcion de incompetencia, y hasta se ha indicado los testigos que pueden comprobar los hechos.
En el juicio verbal cuya acta corre á foja 20, se ha reproducido la misma oposicion extensamente debatida en presencia del mismo juez; prodaciéndose luego las pruebas de una y otra parte, que corren agregadas, en virtud de la recepcion ordenada ú foja 35 vuelta.
Opuesta y contestada la excepcion de incompetencia y coneinido el procedimiento de prueba al respecto, el juzgado no ha p.lido prescindir de ella para conocer del fondo de la causa, La resolucion sobre la competencia ó incompetencia es de caricter prério, con sujeción á la comun doctrina, puesto que de su declaracion depende la validez 6 nulidad de los procedimientos.
Pienso por ello que el juzgado no ba debido pronunciar el anto de foja 48, antes de estar resuelta y declarada la jurisdiocion y pido por ello a V. E. se sirva asf resolverlo, mandando que el inferior resuelva el artículo prévio, sobre incompetencia con sujecion á lo alegado y probado, Sabintano Kier.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Julio 20 de 1599.
Vistos y considerando : Que atenta la naturaleza del juicio y la tramitacion á que lo sujetan las leyes, el inferior puede apreciar en la sentencia todus las acciones, excepciones y defensas que las partes, hubieran hecho valer, prineipiando, como es regular, por la excepcion de incompetencia.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:56
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-80/pagina-56
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