los calabvzos de la misma se habían cometido actos de sodomia en la persona del menor Jaime Mahony, se mandó instruir un —° sumario y áfoja 1 vuelta es llamado á declarar el foguista Cúrlos Smith, quien manifiesta hohber hecho la denuncia de la referencia, siendo el autor el cabo Juan Ayala.
Que algunos días atrás y con motivo de encontrarse preso el exponente en el calabozo junto con tres noruegos, cuyos nom= bres ignora, y el menor Jaime Mahony, penetró como á las doce de la noche el citado Ayala, que estab de servicio, despojudo de sus ropas á excepcion del pantulon y se acostó sigilosamente al lado del menor que se hallabi en ropas menores/consumando momentos despues un acto inmoral con él; acto que cree fué voluntario por parte del menor, pues no opuso resistencia alguna y se prestó gustoso 4 él.
Que enel calabozo no había luz, y que tanto el declarante, que se hallaba á un metro de distancia pudieron ver perfe-tamente lo que sucedía, y que sí distinguió al ejecutor de ese acto, no obstante la oscuridad, es por cuanto pur encima de las paredes penetra luz suficiente para conocer las personas y distinguir los objetos.
Que á foja 3 vuelta declara el menor Jaime Mahony y dice:
ser cierto que sufrió la consecuencia de un acto inmoral consumado en toda forma, en circunstancias que se hallaba profundamente dormido, resultando usíf que no fué voluntario por su parte y que cuando se recordó había sido consumado ya.
Que el autor fuéel cabo Juan Ayala, habiendo presenciado el hecho el foguista Smith, que estaba en el calabozo, y que si no dió cuenta fué por temor de que no fuera atendido.
Que ú foja 8 depone el procesado Ayala manifestando ser incierto que haya cometido el hecho que se le imputa.
A foja 12 vuelta consta el certificado médico de la reparticion á efecto de constatar si era ó no cierto que se hubiera cometido con el menor el hecho referido.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 80:379
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