Hecha la citación de remate, Matti y Piera opusieron la escepcion de inhabilidad del titulo, diciendo que el documento que fundaba la ejecucion obligaba á Perdriel, y no á ellos.
Costa contestó que Matti y Piera habian contratado directamente con él, como principales obligados.
Se abrió á prueba la escepcion, y la única que se presentó fué la siguiente carta.
< Al pesador ú bordo de la barca italiana » « Emilio Carrabino, » « Sirvase entregar al portador patacho « Presidente » todo «el carbon que pueda recibir, tomando recibo por el mismo.
« Buenos Aires, Diciembre 15 de 1868. > A. Matti y Piera.
Fallo del Juez Seccional.
Nuenos Aires, Julio 28 de 1868.
Y visto el juicio ejecutivo seguido por D. Mircos Costa, capitan del patacho nacional « Presidente » contra los Señores A. Matti y Piera por cobro de fletes.
Y considerando.—1° Que los ejecutados han opuesto la escepcion de inhabilidad de título, fundindose en que no son_ellos los obligados sinó D. Juan Manuel Perdriel, por enya cuenta y riesgo remitieron los efectos, enyo flete se cobra.
2 Que en el conocimiento exhibido Matti y Piera han firmado por el espresado D. Jvan Manuel Perdriel, y determinando que la carga es por cuenta y riesgo de este, 3 Que al aceptar el capitan el conocimiento en esta forma reconoció implicitamente como cargador á Perdriel y no á Matti y Piera, y por consecuencias que estos procedian en virtud de mandato de aquel. :
4e Que el mandatario solo queda personalmente obligado,
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:23
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