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Fallos: 77:449 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Abril 4 de 1899.

Vistos y considerando : Que segun resulta de autos, el terreno ucupado por el demandado es parte del de mayor extension vendido por don Ricardo Lopez Jordan (hijo), á favor de don Setastian Coll por escritura otorgada unte el escribano Balbarrey en diez de Enero de mil ochocientos ochenta y nueve; por Coll á favor del Banco Agrícola Comercial del Rio de la Plata por escritura de once de Enero del citado año, otorgada ante el mismo escribano ; por el enunciado Banco á favor del doctor Hugo A. Bunge por escritura de dieciseis de Noviembre de mil ochocientos noventa y uno, habiendo dicho doctor Bunge enajenado el campo á favor del demandante don Ernesto Baer- :

windt, en la misma fecha, por escritura otorgada ante el escriba- | no Manuei A, Calderon, estando el vendedor y el comprador respectivamente representados enel acto, por don Fernando Bourdieu y don Cayetano Ripoll, según todo se ve en el instrumente público de foja una, Que de acuerdo con las referencias de la mencionada escriturade venta hecha por el doctor Bunge á favor de Baerwindt, Topes Jordan adquirió el campo por compra que hizo al doctor Antonio F. Crespu, por escritura otorgada ante el escribano Unindón en duce de Agosto de mil ochocientos ochenta y siete, el doctor Crespo la hubo á su vez por herencia de su finado pa«re don Manuel Crespo, como su único sucesor, habiendo el citado don Manuel adquirido del gobierno de la provincia de Entre Rios, por compra y ubicacion de mayor extension, según escritura de nueva forma ¡on autorizala por el escribano intexa 29 o ,"

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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:449 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-449

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