Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 77:240 de la CSJN Argentina - Año: 1898

Anterior ... | Siguiente ...

nombre de un desertor del ejército, contra el que aún no se ha .. iniciado procedimiento alguno por la autoridad respectiva.

Pido por ello áV. E, la confirmacion del auto recurrido, com=costas al recorrente con sujecion á lo dispuesto por el artículo 644 del Código de Procedimirntos citado y reposicion de todos los sellos del expediente ante lo preseripto por el artículo 56 de la ley de sellos para el corriente año, Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 28 de 1899, Vistos : De acuerdo con lo expuesto y pedido por el señor Procurador general y por sus fundamentos se confirma el auto — apelado de foja ocho, siendo las costas del juicio á cargo del recurrente. Notifíquese con el original y devuélvanse, debiendo exigirse ante el inferior la reposicion de sellos á que alude la última parte del dictámen de foja diez y seis.


ABEL BAZAN, — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

46

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1898, CSJN Fallos: 77:240 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-77/pagina-240

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 77 en el número: 240 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos