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Fallos: 76:20 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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20 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE sido en realidad; que la participacion del contador del Banco señor Vanzo, en la defraudacion, es la misma que el declarante, gozando del dinero casi por mitad ; que de la última declaracion de Fortunio Lopez aparece complicado en la extraccion de los fondos del Banco, Don José G, Vunzo, por cuya razon se le toma nuevamente declaracion á foja 25 vuelta, donde se expresa que la única participacion que ha tenido es la que conociendo, al recibirse del cargo de contador del Banco, que se habían cometido extralimitaciones con el recibo de cheques produciendo saldos deudores en cuenta corriente, y en vez de denunciarlo á la casa matriz, confió en la promesa del señor Lopez de ir reintegrando paalatinamentQQpos saldos ; que esto es lo único que el declarante conocía como que arrojaba diferencias que remontaba á épocas anteriores ú la que se hizo cargo de los libros el declarante, y cuyo total que era de 10,000 4 12.000 pesos moneda nacional legal, ha quedado reducido poco más 6 menos ú 2000 pesos de la misma moneda; que ampliado el interrogatorio, contestó: que ingresó al Banco Nacional en los primeros dias de Enero de 1892, como auxiliar de contaduría, cargo que desempeñó hasta fines de Marzo de 1894, y de esta fecha en adelante como contador en reemplazo de Don Raimundo Arial ; que no conoce ningun depósito que no haya silo pagado, porque él habría asentado en los libros los documentos ú comprobantes que el cajero le entregaba como pagados por caja, y que los pagos verificados por depósito lo han sido con los comprobantes respectivos, figurando en los libros solo los que se justificaban por documentos; que los comprobantes á que se refiere el testimonio de foja 27 suscrito por el inspector, estarían en sus respectivos legajos, sino han sido sacados ; que los paquetes diarios de documentos no estaban archivados, sino que andaban dispersos por varios cajones en una caja que no se cerraba; que compró varios depósitos ó cheques del Banco, más no recordaba ú quiénes, por haberlos adquiridos de distintas

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Año: 1898, CSJN Fallos: 76:20 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-76/pagina-20

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