o o o 406 FA.LOS DE LA SUPREM" CORTE — CAUSA CLXIV Criminal contra Nicolds Gambaroni y Agustin Vale; por asalto y robo Sumario. — El mívimum de la pena impuesta al delito de asalto y robo, es de tres años de presidio, Caso. — Lo explica el fallo del juez federal.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR FISCAL
Buenos Aires, Julio de 1897.
Señor Juez Federal :
Está claramente comprobado por las constancias de autos que los procesados asaltaron á mano armada, al marinero del transporte uacional e Azopardo » Felipe Cuñado, á altas horas de la noche, despojándolo de una suma de dinero y objetos que se detallan en la exposicion defoja 2.
Aun cuando los acusados niegan terminantemente el hecho que se les imputa, las circunstancias en que fueron aprehendidos y las declaraciones de los testigos no dejan duda alguna sobre su culpabilidad, correspondiendo en consecuencia que V.S. les aplique la pena establecida en el artículo 189, inciso 1°, del Código Penal.
J. Botet.
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:406
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